La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 41 que podrán acceder a la Formación Profesional aquellos aspirantes que, careciendo de los requisitos académicos, superen una prueba de acceso regulada por las Administraciones Educativas.
La mencionada Ley Orgánica contempla entre sus principios la exigencia de proporcionar una educación de calidad a todos los ciudadanos, la equidad que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y que actúe como elemento compensador de desigualdades. Por otra parte se concibe la educación como un proceso permanente, que se desarrolla durante toda la vida.