Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha.
Las Cortes de Castilla-La Mancha, han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.
Exposición de Motivos
El derecho a la igualdad, la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad de todas las personas reconocidos en la Constitución Española son el pilar fundamental de la actuación de las Administraciones Públicas que, además, tienen el mandato constitucional de instrumentar políticas de atención a las personas con discapacidad que amparen
de forma especial estos derechos.
En el ámbito internacional, cabe destacar por su importancia, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo que fueron aprobados el 13 de diciembre de 2006 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, tras un largo proceso de elaboración. El objetivo de esta Convención Internacional es promover, proteger y garantizar el disfrute pleno y por igual del conjunto de derechos humanos por las personas con discapacidad, especialmente en ámbitos fundamentales tales como la accesibilidad, la libertad de movimiento, la salud, la educación, el empleo, la habilitación y rehabilitación, la participación en la vida política y la igualdad y la no discriminación. España ratificó la Convención y su Protocolo Facultativo por Instrumento de ratificación de la Jefatura del Estado, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 21 de abril de 2008, entrando en vigor el 3 de mayo de ese mismo año, momento a partir del cual forma parte del ordenamiento jurídico, siendo de obligado cumplimiento...